Cuando un contribuyente deja de ejercer su actividad, la normativa de CABA exige denunciar el cese dentro de los 15 días. Si no se cumple ese plazo, AGIP presume continuidad y solo permite retroactividad cuando se demuestra de forma indubitable que no hubo actividad gravada durante ese período. Para el trámite se requiere DNI, usuario miBA nivel 2 y una nota de solicitud clara, además de documentación adicional según el caso. La gestión se realiza por Trámites a Distancia seleccionando la opción de solicitudes a AGIP y adjuntando los respaldos correspondientes. Es fundamental acreditar correctamente la inactividad para evitar rechazos.

Si necesitás realizar el cese retroactivo o revisar tu situación tributaria, podemos ayudarte a preparar la nota, reunir la documentación y gestionar todo el trámite digital. Escribinos al WhatsApp 11 3008-3418 o visitá www.jjyasociados.com