A la remuneración de cada mes se le suma una 12° parte del Sueldo Anual Complementario, es decir, un 8,33% adicional, pero solo a los fines del cálculo del impuesto.
Esto significa que el trabajador no cobra ese 8,33% todos los meses.
El dinero del aguinaldo se sigue cobrando de manera tradicional, mitad en junio y mitad en diciembre.
¿Por qué se hace así?
Porque el Impuesto a las Ganancias es progresivo y, si se calculara todo el impacto del aguinaldo sólo en el mes de pago, la retención sería mucho más alta. El prorrateo mensual evita ese salto y distribuye la carga impositiva de forma más equilibrada durante el año.
En resumen, el aguinaldo se liquida como siempre, pero para Ganancias se divide en 12 partes que se agregan a cada mes, únicamente para determinar el impuesto correspondiente.